Nacional

AMLO gana round dos en SCJN: dejan sin efecto controversia por preponderancia

La SCJN resolvió que la ley eléctrica de AMLO no invade competencias de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), por lo cual la sobreseyó

Manuel Bartlett Díaz, director de la CFE, ha sido señalado de buscar acaparar el mercado eléctrico del país. (Moisés Pablo/Moisés Pablo)

En una sesión que no superó las dos horas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), al considerar que el órgano autónomo no tiene interés legítimo para impugnarla.

De los 11 ministros de la Corte, seis consideraron que la Ley de la Industria Eléctrica no invade competencia de Cofece, por lo que se determinó que el órgano no es la figura correcta para realizar la impugnación.

Empresas amagan con ofensiva de amparos contra Ley Eléctrica de AMLO Opens in new window ]

Y es que Cofece impugnó los artículos 3, 12, 26, 35, 53, 101, 108, 126 y los transitorios primero, segundo, tercero, cuarto y quinto de la ley por violar la “competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación de electricidad principalmente, y en el de comercialización o suministro de energía”, de acuerdo con el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

Además de esto, demandó que la LIE vulnera la autonomía e invade competencias de este órgano autónomo constitucional, que se encarga de vigilar, promover y garantizar la libre competencia, pues la ley prioriza a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por encima de empresas privadas en concursos para participar en el mercado mexicano.

Sin embargo, el Pleno no alcanzó a analizar la posible invalidez de la Ley de la Industria Eléctrica y aún tiene que resolver otra controversia constitucional, promovida por el Poder Ejecutivo de Colima.

En su intervención el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo aseguró que la Cofece pretendía defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de la generación de electricidad y en la comercialización, pero éstas no afectan sus competencias de forma directa, porque la comisión no tiene participación alguna en el mercado eléctrico.

Mientras que el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se sumó a la propuesta del ministro Pardo, y dijo que debe revisarse cada caso concreto cuando un órgano acude a la controversia.

No basta lo que diga el órgano que viene, sino que tenemos que analizar si efectivamente se afectan sus competencias, ya sea de manera directa o se defienden derechos humanos que tienen íntima relación con su ámbito competencial, porque de lo contrario pues se desvirtúa por completo la controversia y convertimos en un órgano de control, con interés legítimo, a un órgano de control con interés simple.

—  Sentenció.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa también consideró que debía decretarse el sobreseimiento de la controversia por ausencia de afectación alguna a su interés legítimo.

Desechan primer acción de inconstitucionalidad del Senado

Con la mínima diferencia, el pasado 7 de abril ministros del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron la constitucionalidad de la reforma de la Ley de Industria Eléctrica (LIE) que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador y que busca darle mayor poder a la CFE.

Durante la sesión, los ministros de la Corte, Arturo Zaldívar, Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Alfredo Gutiérrez Mena se pronunciaron a favor de la Ley de la Industria Eléctrica. Votos suficientes para dejar la normativa que propuso el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Y será este martes cuando la Suprema Corte vote el acta, donde se desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición, que buscaban que se declarara inconstitucional dicha norma.

La Ley de la Industria Eléctrica continúa vigente porque no se alcanzó la votación calificada de ocho votos para declararla constitucional o inconstitucional.

A considerar:

  • Los ministros se pronunciaron principalmente por la invalidez del artículo 26 de la Ley de la Industria Eléctrica, que es el que da despacho preferente a centrales de CFE.

¿Qué es una acción de inconstitucionalidad?

  • Son procedimientos tramitados ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los que se denuncia la posible contradicción entre normas de carácter general –ley, decreto o reglamento– o tratados internacionales, por una parte, y la Constitución Federal, por la otra, con el objeto de invalidar la norma general o el tratado internacional impugnados para que prevalezcan los mandatos constitucionales.

Recomendados

DV Player placeholder

Tags

Lo Último