Los condominios deberán regularizarse en la Ciudad de México para evitar multas a los vecinos, administradores o comités, mediante la renovación del registro del inmueble ante la Procuraduría Social (Prosoc), quién puede implementar sanciones tras un proceso administrativo (PAAS), que inicia por queja o denuncia ante la Unidad Habitacional.
Los administradores serán los encargados de registrar los condominios ante el Gobierno de la Ciudad de México; ellos deberán acudir a una de las ocho oficinas desconcentradas en la Prosoc para dar de alta el inmueble. En este sentido, el administrador debe ser elegido por los habitantes del condominio, sea interno o externo al inmueble.
Y es que este trámite es indispensable para tener mayor control y organización en el uso de los espacios de un inmueble, es especial para inhibir invasiones, pues durante los últimos cinco años se triplicaron los despojos de inmuebles en la CDMX, de acuerdo con datos de la Fiscalía General de Justicia capitalina (FGJCDMX), obtenidos por Publimetro.
La titular de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, Eréndira Cruzvillegas mencionó a Publimetro que es muy importante elegir un administrador para llevar una buena organización en el condominio, y así los vecinos tengan todos los mecanismos de participación y vinculación con las autoridades para cualquier cuestión de limpieza, sanidad o de seguridad en las vivienda, en caso de cuando no hay regularizaciones todavía.
“Es un tema fundamental sin duda, los espacios y áreas condominales son fundamentales para poder tener una mejor calidad de vida y una mejor convivencia, que además también nos establece mecanismos para una lógica de que no haya ruido, que haya mecanismos de diálogo y de participación, por eso hay una jornada ahorita muy importante, hasta el 21 de julio, para todos los condominios y unidades habitacionales del orden privado y público”.
— Eréndira Cruzvillegas

“Esto requiere que haya una identificación de quienes realmente estamos, una identificación, pasaporte o una cédula profesional que nos acredite que somos vecinos formalmente de esa de esa comunidad (...) debemos tener todas las cuentas y mecanismos de participación y vinculación con las autoridades. Para elegir al administrador, se necesita a más del 70 % de los de los que habitan –7 de cada 10 habitantes– tienen que participar”, agregó.
¿Quiénes pueden ser multados?
La Prosoc está facultada para imponer sanciones administrativas tanto a edificios (o condóminos) como a administradores y comités.
Condóminos o posesores: La Ley de Propiedad en Condominio contempla multas por diversas infracciones, tales como: Alterar la tranquilidad de los vecinos (10–100 veces la Unidad de Cuenta); dañar físicamente alguna área común (50–200 veces); generar riesgo al inmueble o las personas (50–300 veces); incumplir con el pago de cuotas ordinarias o extraordinarias (10–100 veces).
Administradores o comités de vigilancia: También están sujetos a sanciones, incrementadas en un 50 %, por: Mal manejo o abuso de funciones (se suman las mismas multas anteriores); no presentar el libro de actas en asamblea (50–200 veces la Unidad de Cuenta); no rendir cuentas al terminar su gestión (50–300 veces); realizar cobros no autorizados (100–400 veces).
¿Cuáles son los requisitos para certificarse como administrador?
- Original y copia de identificación oficial vigente (credencial de elector, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional y en caso de ser extranjero la forma migratoria “FM2”).
- Original y copia de comprobante de domicilio particular (predial, agua o teléfono).
- Original y copia de la constancia vigente del Curso para Administradores impartido por la Procuraduría Social de la Ciudad de México.
- Una fotografía reciente, tamaño infantil a color o blanco y negro.
- Solicitud debidamente requisitada, la cual se realizará al momento del registro.
- Efectuar el pago por derecho a evaluación y presentar comprobante en original y dos copias para acuse al momento del registro.