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Ley ‘ata de manos’ a AMLO para decreto sobre la Guardia Nacional

El presidente informó que analiza un decreto para que la Guardia Nacional pase a manos de Sedena, algo prohibido por la Constitución.

CIUDAD DE MÉXICO, 16SEPTIEMBRE2021.- Tropas de la Secretaría de la Defensa, Secretaría de Marina, Fuerza Aérea, y Guardia Nacional participaron en el desfile militar por el 211 Aniversario del Inicio de la Independencia de México, en el zócalo.
FOTO : MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM

Tras el anuncio del presidente Andrés Manuel López Obrador de que emitirá un decreto para que la Guardia Nacional pase a la Secretaría de la Defensa Nacional, especialistas señalan que es prácticamente imposible, pues se necesitaría una reforma constitucional y un acuerdo o decreto no es suficiente.

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La oposición ante la propuesta del presidente López Obrador fue amplia en redes sociales. “Ayyy nanita… Dios nos agarre confesados!! ES UN DICTADOR MILITARIZANDO EL PAIS PARA SOSTENERSE. No importa como pero se pasa la CONSTITUCIÓN por debajo del arco…”, escribió el expresidente Vicente Fox en Twitter al respecto.

Para Jesús Zambrano, presidente nacional del PRD, “decretar el paso de la Guardia Nacional a la SEDENA sin modificar la Constitución huele a golpe de Estado”, publicó en Twitter. “Así podría decidir que puede reelegirse en el 2024. Militarista sin escrúpulos”, añadió.

Por su parte, el senador del PRI, Miguel Ángel Osorio Chong publicó: “La Constitución establece que la Guardia Nacional es una institución de carácter civil adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública, por lo que, con el decreto que se pretende emitir, se estarían invadiendo, nuevamente, las facultades del Congreso”.

En redes sociales, integrantes de la oposición se han referido como “decretazo” a esta propuesta. En su cuenta personal, la senadora Lilly Téllez escribió: “Del NO al militarismo, al militarismo total. Del nada por la fuerza y todo por la razón, al decretazo y al carajo la Constitución. AMLO borracho de poder en su gobierno de cantina”.

Lo que dice la ley sobre la Guardia Nacional

Entre las primeras menciones a la Guardia Nacional está el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice: “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública”.

En el mismo artículo 21 constitucional, se señala: “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y Municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación. La ley determinará la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional, que estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública”. Es decir, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, que actualmente encabeza Rosa Icela Rodríguez y que el presidente dijo que pasará por una reestructuración, en la que propone que se llame “Secretaría de Seguridad y Justicia”.

El artículo 73 constitucional dicta que solamente el Congreso de la Unión es el único facultado para hacer reformas en cuanto a la organización de la Guardia Nacional. “Para expedir leyes que, con respeto a los derechos humanos, establezcan las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios; organicen la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución; así como la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y la Ley Nacional del Registro de Detenciones”

Ademas, el artículo 76, señala que el Senado será el responsable de “analizar y aprobar el informe anual que el Ejecutivo Federal le presente sobre las actividades de la Guardia Nacional”.

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Finalmente, la actual Ley de la Guardia Nacional, señala en su artículo 4, que “es una institución de seguridad pública, de carácter civil, disciplinada y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado” de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

En los artículos transitorios de dicha Ley se estableció que si bien los integrantes de la Guardia Nacional podrán emerger de las Fuerzas Armadas, sus labores siempre serán de carácter civil, e incluso se marca la obligación de que los uniformados egresados de cuerpos militares deberán tomar cursos de capacitación. “Estarán funcionalmente separados de su institución armada de origen y adscritos a la Guardia Nacional sujetos a la disciplina, fuero civil y cadena de mando establecidos en esta Ley”, agrega la fracción séptima de dicho artículo.

4 PREGUNTAS CON

Bernardino Esparza Martínez, especialista de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle

Bernardino Esparza Martínez, especialista de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle y autor de: Guardia Nacional. Manual de Derechos Humanos. de editorial Tirant lo Blanch.

¿Es posible que la Guardia Nacional pase a la Defensa Nacional como lo propone AMLO?

Son varios temas aquí y hay que irlos separando un poco. Sin duda, en principio, el presidente, pues tiene la buena voluntad de hacer las cosas, es parte de su trabajo y dentro de la facultad que tiene, que la misma Constitución le concede.

Sin embargo, la Guardia Nacional ha estado “a prueba” desde que fue creada en 2019, para integrarse y para institucionalizarse durante cinco años. Así lo señala la Constitución en artículos como el 21 constitucional y en artículos transitorios.

En ese contexto, indiscutiblemente la Guardia Nacional está para hacer funciones de seguridad pública. No hay que perder eso de vista y acordémonos un poco que la Guardia Nacional se incorpora con tres tipos de policías: la policía federal, la militar y la naval. De estas dos últimas, el presidente es el jefe de las Fuerzas Armadas y la propia Constitución dice que puede disponer de ellas.

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Ahí está el primer punto. Quizás el presidente no lo explicó bien. El presidente puede regresar a la policía militar y a la Naval a la Secretaría de la Defensa Nacional. Inclusive, los que fueron designados a la Guardia Nacional y que vienen del Ejército y de la Marina, pueden regresar y aún conservan su rango. Esto sí puede darse de acuerdo como está actualmente la ley.

El tema de fondo es. ¿Qué pasa con la Policía Federal? La Policía Federal se desintegró. Ahí hay una laguna muy grande. ¿Qué está pasando con ellos?, ¿En dónde van a estar y qué es lo que van a hacer? Ese es el primer elemento.

Actualmente, como está la propia Constitución, es difícil que por un decreto el presidente desintegre completamente la Guardia Nacional o los integre (los cambie) a la Defensa Nacional. No solamente por la propia Constitución, sino también por la ley secundaria porque también se creó recientemente la Ley de la Guardia Nacional, que es reglamentaria del Artículo 21 constitucional.

En pocas palabras, el presidente está atado de manos para cambiar la Guardia Nacional de esa manera. Creo que el presidente de la República, a lo mejor, no explico muy bien. Para ese decreto, tiene que haber un cambio constitucional y por ende, por lo pronto, una reforma legal a la Ley de la Guardia Nacional y a otras leyes, por ejemplo a la Ley Nacional del Uso de la Fuerza, la Ley Nacional de Registro de detenciones, etcétera. Es decir, son varias leyes que tiene que reformar.

Ahí hay un problema grave, constitucionalmente, porque el presidente está impedido. Lo que sí puede hacer es cambiar la Ley Orgánica de la Observación Pública y si puede reestructurar por supuesto la actual Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y cambiarle con nombre, añadir “de Justicia” o como él guste. Eso sí lo puede hacer, porque está dentro de sus propias facultades y tiene mayoría en la Cámara de Diputados, no se requieren las dos terceras partes como para aprobar una ley constitucional.

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En un escenario muy hipotético. ¿Qué pasa si nombra como titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a mandos militares en retiro? Al final, la Guardia Nacional depende de la SSPC, como lo manda el Artículo 21 Constitucional y hemos visto casos de militares retirados a los que se les han hecho llamadas de atención por ser críticos a la actual administración.

En ese tema, por ejemplo, los militares en retiro –hasta donde yo he visto– son nombrados en muchas áreas, sobre todo en temas de seguridad pública, para poder llevar a cabo las facultades que les mandan. Yo creo que ahí no estaría impedido el presidente para nombrar a militares en retiro y que se encarguen de la Seguridad Pública del país. No habría ningún problema.

A lo largo del sexenio ha habido una crítica constante sobre la militarización del país. ¿Cómo se inserta este decreto en esa discusión?

Aquí habría que entender varios aspectos. El presidente tiene facultad para disponer de la Guardia Nacional, eso sin duda. Pero, para los fines de Seguridad Pública –como lo dice el 25 constitucional, y como lo dice ley de la Guardia Nacional–. Otro aspecto es que la misma Constitución señala que pueden ser los que han sido asignados a la Guardia Nacional, estoy hablando de policía militar y naval, pues el presidente inclusive los puede regresar actualmente al servicio a la Secretaría de la Defensa Nacional. Ahí no habría problema. El problema es formar a los que aún están en la Guardia Nacional, que son parte de los militares y de la naval.

Uno de los pendientes de AMLO, en materia de reforma constitucional, es precisamente la reforma de la Guardia Nacional que cumpliría con este objetivo. ¿Qué pasa si es que llega a prosperar este decreto?

En principio, sabemos que el bloque opositor ha dicho que ninguna reforma constitucional va a pasar, entre ellas, la reforma electoral y en este caso la de la Guardia Nacional. No sabemos si al final cumplan con ese propósito y eso habría que verlo cuando se presente la iniciativa. Yo creo que se va a quedar en la congeladora.

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