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Congreso de Colima aprueba reforma para garantizar menstruación digna

El Congreso local busca que se garantice paulatinamente el acceso gratuito a los productos de gestión menstrual para niñas y mujeres.

Menstruación digna

El Congreso de Colima aprobó la reforma para garantizar menstruación digna para niñas, mujeres y personas menstruantes de la entidad, con la que de manera paulatina se busca garantizar el acceso gratuito a los productos como toallas sanitarias desechables y de tela, tampones, copas menstruales o cualquier otro destinado a la gestión menstrual.

Dicha medida se piensa lograr a través del desarrollo de programas con perspectiva de género estipulados en la reciente adición de la fracción XVIII del punto dos del numeral 112, de la Ley de Educación para el Estado de Colima.

Asimismo, se adiciona el punto 5 al artículo 79 de la misma ley, el cual señala que las autoridades educativas darán facilidades necesarias a las estudiantes diagnosticadas con dismenorrea (calambres y dolor pélvico durante la menstruación) para ausentarse del aula sin que esto represente afectaciones a sus evaluaciones escolares.

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Si se considera que las personas menstruantes se deben ausentar de clases, las instituciones educativas deberán ver la viabilidad de que las estudiantes reciban clases virtuales, o puedan entregar trabajos y exámenes a través de plataformas digitales.

Menstruación digna en Colima. La diputada Glenda Ochoa fue la encargada de dar lectura al dictamen elaborado por las comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

Por otra parte, la reforma incluye una adición al artículo 54  a Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima que, como en el caso del artículo 79 Ley de Educación de la entidad, permite a las mujeres trabajadoras o personas menstruantes que hayan sido diagnosticadas con dismenorrea, acceder a un permiso con goce de sueldo.

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Para que esto se posible las trabajadoras deberán acreditar dicho padecimiento mediante un certificado expedido por un médico especialista en ginecología adscrito a alguna institución pública de salud y el permiso podrá durar los días que determine el certificado por los síntomas propios de la patología.

Cabe señalar que el decreto aprobado entrará en vigor al siguiente día de su publicación den el Periódico Oficial del Estado de Colima.

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